Esta política aplica si te registras como profesional independiente en FemFuel. Complementa el Acuerdo de Proveedor con condiciones específicas para quienes trabajan por cuenta propia.
En FemFuel, todas las profesionales son comerciantes registradas. No diferenciamos entre salones grandes y estilistas que trabajan solas en términos fiscales: ambas cobran ITBIS, ambas emiten su propia factura, ambas son responsables directas del servicio.
Esta política existe para que quede claro qué obligaciones asumes al registrarte como independiente, y qué hace FemFuel y qué no hace por ti.
Cuatro compromisos que te aplican como profesional independiente. Léelos con calma antes de marcar la casilla de aceptación.
Toda profesional independiente en FemFuel debe estar registrada como contribuyente. Aceptamos RNC de 9 dígitos o cédula de 11 dígitos bajo el Régimen Simplificado de Tributación (RST). Si todavía no estás registrada, hacerlo es gratis y toma un día en dgii.gov.do.
El servicio se presta bajo tu RNC o cédula. La factura legal del cliente corresponde a tu negocio, no a FemFuel. Cobras el 18% de ITBIS al cliente y lo declaras mensualmente con tu Formulario 606.
FemFuel descuenta el 8% del subtotal al momento del pago como comisión por el uso de la plataforma. Recibes el resto más el ITBIS que cobraste. FemFuel te factura el ITBIS sobre la comisión por separado (factura B2B).
Tú prestas el servicio, no FemFuel. Mantén tus certificaciones profesionales vigentes, llega puntual a tus citas, y resuelve cualquier conflicto con el cliente con profesionalismo. FemFuel actúa como facilitador, no como tu empleador.
Para evitar malentendidos, dejamos claro qué responsabilidades quedan en tus manos.
Esta política es supletoria al Acuerdo de Proveedor. Si algo no te queda claro antes de registrarte, escríbenos.